Aplicación de pagos Para el pago de los servicios tanto de lactantes, guardería, estancia infantil, maternal y preescolar, el pago debe realizarse dentro de los primeros 10 días naturales del inicio del mes. Los pagos se deberán de hacer al titular de la cuenta Praxis Servicios Educativos S.C. en la cuenta de CitiBanamex En Banamex los pagos se deben de hacer a la cuenta numero 2453980 sucursal 7006 para transferencias desde otros bancos con la CLABE 0021 8070 0624 5398 03 utilizando la referencia que aparece en su recibo de pago para evitar el uso de papel. Los pagos extemporáneos se consideran a partir del día 11 y hasta el 15 del mes, se aplica el 10% de recargo, del 16 al 31 del mes en curso recargo del 12%. Pagos realizados fuera del mes el recargo es del 15% que se deberá de ver reflejado en su depósito. En caso de facturar el servicio se deberá cubrir el pago total para que pueda ser emitida la factura. |
La aplicación de pagos queda de la siguiente forma:
*Los días se cuentan como días naturales no hábiles. |
En los meses en que el día 10 sea sábado o domingo se deberá de hacer a más tardar el viernes inmediato anterior para evitar recargos. La facturación de los servicios y colegiaturas se llevará a cabo dentro del mismo mes, siempre y cuando el servicio sea pagado en su totalidad con recargos si es que los hubiere. Los pagos que no contengan referencia de pago o no se puedan identificar, la factura se elabora cuando se aclara el depósito correspondiente. En caso de no poder hacer la identificación del pago al final del mes, se emitirá la factura al público en general. |
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FACTURACIÓN Los servicios prestados a nivel preescolar son deducibles de impuestos, por lo que puede solicitar la emisión de su factura electrónica para deducir gastos. Al solicitar esta se deberá de contar con los datos de emisión de su factura como son: |
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Nombre o denominación social del contribuyente Registro federal de causantes Domicilio fiscal C.U.R.P del alumno Correo electrónico |
Para que una factura emitida por servicios preescolares, sea deducible de impuestos, deberá ser emitida bajo el nuevo sistema de facturación electrónica 3.3 y se podrá deducir hasta $ 14,200.00 de un año fiscal. |
Ningún otro concepto es deducible para efectos fiscales que no sean colegiaturas. Para la emisión de su factura esta deberá de observar que:
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